El 7 de octubre de 2005
Una delegación de dirigentes de la Asociación Judicial Bonaerense, encabezada por si titular Mario García, se entrevistó el jueves 6 de octubre con una Comisión de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, a fin de elevarle una serie de reclamos de los trabajadores del sector.
La Comisión, conformada por los ministros Francisco H. Roncoroni, Daniel F. Soria, Juan C. Hitters, y la Procuradora General, María del Carmen Falbo, tiene como misión "establecer integralmente las acciones necesarias para el desarrollo de lo decidido por Resolución nº 1825/05, artículo 4º" (examinar la conformación de una Mesa de Diálogo a fin de tratar aspectos relativos a la prestación del servicio, condiciones de trabajo, carrera judicial, sistema de capacitación, requerimientos presupuestarios e infraestructura, la adecuada retribución de su personal, entre otras cuestiones).
A continuación, los puntos del petitorio:
1- ASCENSOS.
* Derecho a asesoramiento gremial o legal antes de renunciar.
* Escrito de renuncia con firma de dirigente departamental del gremio o profesional, como requisito ineludible.
* Definición de idoneidad, que no la iguale con excelencia sino con suficiencia, y capacidad para cubrir satisfactoriamente la función.
* Valoración de la antigüedad, en función a PIDHESC y Protocolo del Pacto San José de Costa Rica.
* Valoración del desempeño satisfactorio previo, en la función propia del cargo abierto al ascenso, como prueba objetiva. Primacía de la realidad.
* Detección de sumarios abiertos para perjudicar el derecho a ascenso.
* Atribución previa de función del cargo, motivo de ascenso a favorito en detrimento del agente con mayor probabilidad de ascender.
* Procedimiento adecuado para defensa de derecho al ascenso.
* Intervención del gremio como veedor en procedimientos de ascensos y concursos. (Antecedente Neuquén).
* Normativa general para revisar todas las propuestas de ascenso en trámite donde se produzca la postergación de compañeros, aunque mediare consentimiento del o los postergados.
* Licencias y traslados.
* Procedimiento para defender el derecho a licencia por enfermedad y otras, y derecho a traslado.
2.- TRASLADOS.
* Inoponibilidad de argumento de pérdida del cargo por la dependencia para traslados, por razones de salud y unidad familiar.
* Creación de cuerpo de suplentes para cobertura transitoria de cargos en casos de vacancia y licencias prolongadas del titular.
3.- CARRERA.-
* Unificación de categorías de notificadores.